Reflexiones sobre las medidas de seguridad aplicables a inimputables según el COIP
DOI:
https://doi.org/10.26820/reciamuc/6.(3).julio.2022.312-325Keywords:
Enfermedad Mental, Inimputabilidad, Medida de Seguridad, Trastorno Mental, Sistema Penal EcuatorianoAbstract
La salud mental ha sido un problema invisibilizado a nivel mundial durante décadas, especialmente la correcta aplicación de medidas de seguridad, a personas con trastorno y enfermedad mental como consecuencia jurídica de un acto típico y antijurídico cometido por una persona inimputable. Este ensayo tuvo como objetivo principal analizar, de manera dogmática jurídica, la respuesta del sistema penal ecuatoriano ante la inimputabilidad del autor de un delito cuando padece enfermedad mental. Como puntos principales se abordaron el diagnóstico y las falencias tanto normativas como técnicas en relación con el tema de estudio, concluyendo que la incorporación de la medida de seguridad a la legislación ecuatoriana significó un gran avance en cuanto a la relación entre el proceso penal y la salud mental de los infractores. Sin embargo, pese a que ya son ocho años desde la promulgación del Código Orgánico Integral Penal, no ha existido un perfeccionamiento de esta institución penal.
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